PROTECCIÓN POST MORTEN DE DERECHOS AL HONOR, INTIMIDAD Y PROPIA IMAGEN Y LA TUTE

PROTECCIÓN POST MORTEN DE DERECHOS AL HONOR, INTIMIDAD Y PROPIA IMAGEN Y LA TUTE

$73.900
IVA incluido
Sujeto a Disponibilidad de Proveedor
Editorial:
(171).ARANZADI
Año de edición:
ISBN:
978-84-9177-013-8
Páginas:
384
Encuadernación:
Otros
Idioma:
Castellano
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La necesidad de tutelar la llamada personalidad pretérita no es objeto de discusión, tras su temprano reconocimiento en los artículos 4 a 6de la Ley Orgánica 1/1982. Sin embargo, la aplicación práctica deestas disposiciones sí genera algunos problemas interpretativos, comosucede, por ejemplo, a la hora de identificar a los sujetosbeneficiarios de la indemnización derivada de la declaración deafectación de la memoria pretérita y su posible falta de coincidenciacon el elenco de personas legitimadas para el ejercicio de lasacciones de defensa post mortem de los derechos al honor, a laintimidad y a la propia imagen. Asimismo, la interpretaciónjurisprudencial es variable en lo que al bien jurídico protegido serefiere, reconociéndose en algunos casos una suerte de tutela de laintimidad familiar y acogiéndose en otros supuestos la argumentaciónde la afectación de los bienes de la personalidad propios de lossujetos más próximos a la persona fallecida. La ausencia deinterpretación uniforme es más acuciante si nos referimos a los casosno atendidos por la Ley Orgánica 1/1982, como, por ejemplo, a laposibilidad de licenciar el uso oneroso del nombre o la imagen de unapersona fallecida que cosechó fama durante su vida. Asimismo, el usode datos personales de los difuntos es un tema carente de regulaciónen la Ley Orgánica 1/1982 y excluido del ámbito de protección de laLey Orgánica 15/1999, pero cuyo futuro régimen de tutela sí se prevéen el Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos, actualmente entramitación parlamentaria. Finalmente, en esta obra se estudia, desdeuna perspectiva comparativa con la regulación contenida en losartículos 4 a 6 de la Ley Orgánica 1/1982, el régimen aplicable alacceso al historial clínico de la persona fallecida y la regulaciónvigente para el ejercicio post mortem de los derechos morales delautor de obras protegidas por la propiedad intelectual.