Siguiendo la doctrina clásica, HENSEL, BERLIRI, SÁINZ DE BUJANDA, enrelación con los deberes de documentación, se adscriben a la categoría de deberes tributarios, por contraposición a la de obligacionestributarias, reservada exclusivamente para las de contenidopatrimonial, dentro del Derecho Tributario material, frente a losdeberes dentro de Derecho Tributario Formal o procedimental.Los deberes de documentación están llamados a ocupar un lugarpredominante en el debate tributario de los próximos años, tanto anivel intelectual cómo práctico, debido a la incorporación deinformación que refuerzan la capacidad de control y actuación de lasAdministración tributaria sobre las operaciones vinculadas,concretando y confirmando el avance de las facultades de verificaciónen la determinación de la base imponible, control y posibilidad decorrección sobre dichas operaciones. Por lo tanto, la documentación como soporte de las operacionesvinculadas, es y será clave en la práctica al ofrecer informaciónsobre la determinación de la base imponible del Impuesto sobreSociedades, sobre la aplicación de los precios de transferencia.