AA.VV
La presente monografía, realizada por Inspectores de Hacienda delEstado con amplia experiencia en tributación local, constituye unaherramienta esencial para facilitar la gestión municipal fiscal, todavez que son adaptables a las múltiples singularidades de losmunicipios existentes en la actualidad. Esperamos que facilite a lasEntidades Locales la elaboración de sus normas fiscales.
Las Ordenanzas Fiscales constituyen el elemento vertebrador delPresupuesto municipal en materia de ingresos públicos, toda vez que el 58 por 100 de los ingresos corrientes de los Ayuntamientos procedende figuras a las que se refiere el presente Manual. Por su parte, lastasas, precios públicos y contribuciones especiales, cuyas Ordenanzasfiscales también son objeto de un análisis detallado a la largo de lapresente obra, suponen el 14 por 100 del total de ingresos corrientes. Por tanto, ambas magnitudes, los impuestos municipales y las tasas,precios públicos y contribuciones especiales, representan ese casi 60por 100 del total de ingresos municipales, lo que confiere a lapresente obra en un elemento de gran utilidad para la elaboración conplenas garantías de las Ordenanzas Fiscales que han de regir en cadauno de los 8.116 municipios de nuestro país.
Al mismo tiempo, la obra que se presenta está actualizada a octubre de 2015, recogiendo los efectos que, en el diseño de las Ordenanzasfiscales tienen los últimos pronunciamientos jurisprudenciales y,sobre todo, adaptando la Ordenanza Fiscal General, el elemento nuclear de la gestión tributaria local, a la reciente modificación de la Ley58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que ha realizado laLey 34/2015, de 21 de septiembre, de modificación parcial de dichaley, como segunda fase de la reforma fiscal realizada por ellegislador estatal. De esta forma, se procede a la adaptación de laOrdenanza Fiscal General que contiene esta obra a la reforma de la Ley General Tributaria de 2015, lo que supone la actualización, entreotros aspectos, del procedimiento inspector y de la materiasancionadora, evitando litigios en tanto vía administrativa comocontencioso-administrativa en el futuro.