LAS GARANTÍAS FRENTE A LAS DECISIONES AUTOMATIZADAS

LAS GARANTÍAS FRENTE A LAS DECISIONES AUTOMATIZADAS

$66.760
IVA incluido
Sujeto a Disponibilidad de Proveedor
Editorial:
BOSCH TEXT
Año de edición:
ISBN:
978-84-122015-7-4
Páginas:
278
Encuadernación:
Rústica
Idioma:
Castellano
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Este trabajo pretende mostrar un marco regulatorio amplio para lasdecisiones automatizadas. Para ello, hemos partido del ReglamentoGeneral de Protección de Datos, cuyo art. 22 aporta una base sólida.Hemos mostrado las diferentes posturas doctrinales sobre el mismo, ynos hemos decantado por una interpretación sistemática del precepto,que debe ser puesto en relación con los artículos 13 a 15 del mismotexto, así como con el Considerando 71. A pesar de no mencionarseliteralmente en el artículo 22 ningún derecho a la explicación de losalgoritmos, emergen claramente de este marco sistemático una serie degarantías o facultades que, creemos son de utilidad. Laresponsabilidad algorítmica se refuerza, además, por la previsión deevaluaciones de impacto y de certificaciones. Ello dota a laregulación actual de las decisiones algorítmicas de nuevasposibilidades que deberían alejarla de la inoperancia que caracterizóa su antecedente, el art. 15 de la Directiva 95/46 CE. Con todo,estamos convencidos de que la regulación de protección del consumidor, las leyes antimonopolio y la regulación de la tecnología financierapueden contribuir también a reforzar la responsabilidad algorítmica.La legislación antidiscriminatoria también ofrece otras posibilidadesque deberían sumarse a los esfuerzos antes descritos. Por lo demás, si hay un campo en el cual las tecnologías garantes de derechos podríanser decisivas, es éste. Creemos necesario, además, que toda estaregulación y tecnología disponga de marcos dinámicos específicos. Lagobernanza resultante debería estar moderada por órganos públicosespecializados y, de hecho, hemos indicado posibles candidatos yaoperativos. El riesgo, siempre presente en Derecho, de no disponer deuna regulación efectiva, es aquí más grave, si cabe. Aunque puedaparecer paradójico, las decisiones automatizadas supondrán un aumentode la regulación, en sentido amplio: tecno-regulación, códigos debuenas prácticas, certificaciones, estándares, evaluaciones de impacto y plataformas correguladoras. Así pues, no cabe prever una ausenciade regulación de las decisiones automatizadas, pues ésta se abrirácamino de una manera u otra. Lo que está en juego, en cambio, es elDerecho de los juristas, con sus principios y reglas. Para defender la vigencia del Derecho, que emana de los representantes del pueblo,éste debe estar presente, de manera dinámica, en la gobernanza de lasdecisiones automatizadas. Pretendemos, con este trabajo, contribuir al debate sobre cómo puede el Derecho liderar la gobernanzaalgorítmica.Antoni Roig es Profesor Titular de Derecho Constitucional, Universidad Autónoma de Barcelona, Consultor de Derecho Constitucional en la?Universitat Oberta? de Cataluña (UOC). Ha participado en proyectosnacionales y europeos. Ha publicado artículos en revistas nacionales e internacionales, y varios libros entre los cuales, Derechosfundamentales y tecnologías de la información y de las comunicaciones(TICs), J.M. Bosch Editor, Colección Cuadernos de DerechoConstitucional, 2010. Estudiante de Ingeniería Informática de Sistemas (240 ECTS) por la Universidad ?Oberta? de Cataluña (UOC) (190/240créditos superados). Su campo de estudio se ha centrado másrecientemente en los derechos fundamentales y las nuevas tecnologías,sobre todo la intimidad y la protección de datos, así como losaspectos constitucionales de la regulación de algunas tecnologíasemergentes, como la nanotecnología o la robótica.

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