PUIGCERVER ASOR, CARLOS / ADAN DOMENECH, F
Han transcurrido ya más de cinco años desde la entrada en vigor delReal Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segundaoportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de ordensocial. Texto normativo en el cual se defiende que una persona física, a pesar de un fracaso económico empresarial o personal, tenga laposibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarsea nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer. Partiendo de este objetivo, ellegislador instauró un mecanismo extrajudicial y judicial que sirviese de cauce para solucionar, o, cuanto menos, aligerar la situación deinsolvencia en la que se encuentra inmerso el deudor, mecanismoconocido como la segunda oportunidad.Sin embargo, si bien la voluntad del legislador resultó ser loable ycargada de buenas intenciones, no es menos cierto que, eran muchas las voces autorizadas que denunciaban que la regulación de estainstitución, pecaba de inconcreción y de lagunas legislativas quecreaban incerteza e inseguridad jurídica. La regulación de la segundaoportunidad es modificada y actualizada en el nuevo texto concursal.Así, el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el queaprueba el texto refundido de la Ley Concursal, concede una nuevaregulación legislativa al mecanismo de la segunda oportunidad. Anteesta realidad, en el presente trabajo, pretendemos analizar la nuevaregulación y dar soluciones a las cuestiones de mayor problemática,que en la práctica presenta el mecanismo de la segunda oportunidad.Finalmente, dedicaremos el último capítulo a analizar la regulaciónque sobre la segunda oportunidad se contiene en la Directiva UE2019/1023 y algunos de los cambios más relevantes que ha de suponer en nuestra regulación nacional como consecuencia de su necesariatrasposición que deberá realizarse, conforme al artículo 34 Directiva, antes del 17 de julio de 2021.CARLOS PUIGCERVER ASOR. Licenciado en Derecho por la Universidad deValencia, obtuvo el Diploma de Estudios Avanzados (DEA) del Programade Doctorado Nuevas tendencias en derecho procesal en el año 2004.Ejerció la abogacía desde 1996 a 2010. Ha sido profesor de Derechoprocesal en la Universidad de Valencia de 2001 a 2010 y actualmente lo es en la Universitat Oberta de Cataluña. Desde 2011 pertenece a lacarrera judicial como Magistrado, habiendo desempeñado su labor, entre otros en el Juzgado de 1ª Instancia nº 50 de Barcelona concompetencia exclusiva en materia de concursos de personas físicas noempresarias. En el año 2016 el Ilustre Colegio de Abogados deBarcelona le concedió el premio Ferrer Eguizábal 2016 al mejorproyecto de investigación sobre el Derecho a la segunda oportunidad de la persona física y en el año 2017 ha recibido el premio FelipPortabella otorgado por el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona en reconocimiento al ejercicio de la función jurisdiccional, con unaespecial consideración hacia la abogacía, así como en agradecimiento a la generosa y estrecha colaboración con dicha institución,especialmente en los trabajos en materia de la segunda oportunidad. De noviembre de 2017 hasta septiembre de 2018 ha estado destinado comoMagistrado asesor en el Ministerio de Justicia. Desde octubre de 2018es Inspector Delegado en el Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial.FEDERICO ADAN DOMENECH. Profesor Agregado de Derecho Procesal,acreditado como Catedrático de la Universidad Rovira i Virgili.Magistrado suplente de la Audiencia Provincial de Tarragona.Licenciado en Derecho por la Universidad de Navarra. Doctor enDerecho: El nuevo proceso cambiario, por la Universidad RoviraVirgili, con la calificación de Sobresaliente cum laude. Hacomplementado su formación jurídica con seis estancias deinvestigación en la Università degli studi di Bologna -Italia-.Director de la Escuela de Práctica Jurídica del Ilustre Colegio deAbogados de Tarragona. Durante los años 2009 a 2012, ejerce comoDirector del Master de Acceso a la Abogacía organizado por laUniversidad Rovira i Virgili conjuntamente con los Ilustres Colegiosde Abogados de Tarragona, Reus y Tortosa. Ha sido Decano y Responsable de los Estudios de Derecho de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Rovira Virgili. En el año 1998, obtuvo el Premio FeixoCarrera del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona, por el trabajorelativo al juicio cambiario. En el año 2016, fue galardonado con elPremio Ferrer Eguizábal, otorgado por el Ilustre Colegio de Abogadosde Barcelona, por el proyecto de investigación sobre la segundaoportunidad de las personas físicas, y en los años 2017 y 2018,obtuvo, respectivamente, el Premio Melchor Almagro, concedido por laFacultad de Derecho de la Universidad de Granada y el Accésit delpremio jurídico otorgado por el Centro Universitario Villanueva de laUniversidad Complutense de Madrid, por el trabajo Deconstrucción delordenamiento jurídico español.