LA INCOMPARECENCIA DEL DEMANDADO EN LOS PROCESOS CIVILES EUROPEOS. ESTÁNDARES CO

LA INCOMPARECENCIA DEL DEMANDADO EN LOS PROCESOS CIVILES EUROPEOS. ESTÁNDARES CO

$87.055
IVA incluido
Sujeto a Disponibilidad de Proveedor
Editorial:
ARANZADI
Año de edición:
ISBN:
978-84-1391-743-6
Páginas:
336
Encuadernación:
Otros
Idioma:
Castellano
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El derecho fundamental a no sufrir indefensión depende en gran medidade la primera notificación al demandado. La casuística muestra que las dificultades aumentan considerablemente cuando esta primeranotificación tiene que realizarse en otro país, de hecho, lassentencias más problemáticas para ser ejecutadas en el extranjero sonlas dictadas en rebeldía del demandado. El legislador europeo, alocuparse de la cooperación internacional y de la litigacióntransfronteriza, ha prestado especial atención a la notificación de la demanda y a la falta de comparecencia del demandado. De este modo, ha establecido tanto normas que regulan las formas en que deberealizarse la notificación del proceso como el tratamiento procesal de la rebeldía del demandado, incluidos los recursos disponibles paraaquel demandado que, de forma involuntaria, no comparezca. Sinembargo, la confianza mutua entre los distintos Estados miembros de la Unión Europea, fundamental para la libre circulación de resolucionesjudiciales, se ve socavada por las diferencias entre sus propiasnormas procesales. Por ello, y porque obstaculizan la propiaaplicación de los instrumentos europeos, en esta obra se trata deponer de relieve las divergencias existentes en los sistemasprocesales nacionales en esta materia. Así, tras analizar el acervocomunitario y las distintas realidades nacionales en este ámbito, elpresente estudio plantea una base para la armonización de un aspectotan fundamental para la viabilidad de un proceso civil: lanotificación de la demanda y las garantías en caso de incomparecenciadel demandado. Este análisis no se realiza, exclusivamente, en clavecomunitaria, sino que la obra concluye prestando particular atención a las carencias de la legislación procesal interna española, tratandode ofrecer soluciones a las mismas a la vez que se aprovecha elinflujo europeo.