LA CONDUCTA PROCESAL DE LAS PARTES

LA CONDUCTA PROCESAL DE LAS PARTES

-20%
$95.320
$76.256
IVA incluido
Importado Despacho 12 a 20 días hábiles
Editorial:
BOSCH TEXT
Año de edición:
ISBN:
978-84-124357-4-0
Páginas:
438
Encuadernación:
Rústica
Idioma:
Castellano
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La conducta procesal de las partes ha sido un tema de importanciafundamental en los estudios del Derecho procesal. Establecer cuálconducta es la adecuada dentro de un debate no es tarea fácil y losordenamientos jurídicos, la doctrina y la jurisprudencia se preocupanpor descubrir la línea divisoria que existe entre la conductapermitida y aquella que no lo es.El libro que el lector tiene en sus manos desarrolla este complejotema, con propuestas de solución. Un análisis histórico y comparadopermitirá entender los problemas que las normas sobre buena feprocesal, lealtad y probidad, cooperación procesal y/o abuso procesal, comportan, avanzando ideas para un mejor entendimiento, aplicación y? por qué no ? posibles reformas de normas procesales. El lector se dará cuenta que la expresión que se utiliza paradesarrollar el tema es ?corrección procesal?, con intenciones deredefinir el fenómeno de la conducta procesal de las partes. Segúnafirmamos: ??hacemos referencia a la expresión ?corrección procesal?para describir el fenómeno de la conducta adecuada de los sujetosprocesales, y que preferimos frente a otras expresiones como buena fe, moralidad procesal, cooperación procesal, lealtad y probidad, puesaquella ?que consideramos no tiene cargas emotivas ni transplantavaloraciones axiológicas? nos parece una expresión neutra y adecuadapara una redefinición, mientras que las últimas consideramos, generanperplejidades, tanto lingüísticas como pragmáticas?.La identificación y aplicación de la moralidad/buena fe/abuso delderecho está condicionada por los contextos normativos de aplicación.En cuanto respecta al proceso - principio de corrección procesal ?podemos encontrar pautas o variables necesarias para su empleoracional y coherente, en miras a la no afectación de derechos ygarantías procesales de las partes, pero a su vez cuidando losrecursos que insume el proceso, así como su eficacia y celeridad, o el respeto entre los sujetos procesales que debe prevalecer en estemétodo que llamamos proceso, pero además no permitiendo que elinstrumento que sirve para resolver conflictos intersubjetivos deintereses se emplee para causar daños injustos.Siguiendo el consejo de J. Mª MARTÍNEZ VAL ?vivamos el pleito como loque es: una batalla por un derecho concreto, en que las fintasdistraen, pero no resuelven, vivámoslo con vigilancia a la forma y lamás profunda atención al fondo y al objetivo final, que es lo queimporta?.Jorge I. González Carvajal.Abogado y Especialista en Derecho Procesal, ambos por la UniversidadCatólica Andrés Bello (Caracas-Venezuela), Doctor en Derecho yMagíster en Derecho Procesal, ambos por la Universidad Nacional deRosario (Argentina). Ha sido Profesor de Teoría General de laJurisdicción y Procedimiento Marítimo en la Universidad Central deVenezuela, Profesor de Derecho de los Contratos y Derecho de lasGarantías en la Universidad Católica Andrés Bello, Profesor deArgumentación Jurídica en la Universidad Monteávila(Caracas-Venezuela).Miembro del Instituto Panamericano de DerechoProcesal, de la Asociación Venezolana de Arbitraje, Miembro fundadorde Energy Related Arbitration Practitioners (ENERAP), Miembro de laLagos Chamber of Commerce International Arbitration Center (LACIAC),Miembro del Grupo ICDR Young & International (Y&I) y del BritishVirgin Island Arbitration Group. Es árbitro independiente inscrito endiversas listas y registros de instituciones arbitrales y es autor ycoautor de múltiples publicaciones jurídicas.