En la actualidad se constata una creciente y cada vez mayorrecurrencia a la incorporación de tecnologías al ámbito de la empresa, e incluso, aparecen nuevas formas de empleo mediante el recurso deplataformas digitales, a las que se las ha catalogado como plataformas colaborativas, o también con diversos términos tales como "on demandeconomy", "Uber economy", etc. Tal realidad ha justificado el planteode la interrogante acerca de si estas modalidades de prestación detrabajo se encuentran alcanzadas por el Derecho Laboral, o si por elcontrario están excluidas. Una pregunta que han intentado responder en gran medida diversos tribunales de justicia en todos los continentesy, en el acierto o en el error, las respuestas han sido disímiles.Consecuentemente, se propone analizar el ámbito subjetivo decomprensión del Derecho del Trabajo, aportando una visión crítica dela subordinación como elemento definitorio de la relación laboral yrevalorizando dos nociones para delimitar la laboralidad del trabajomediante plataformas digitales, como lo son la autonomía y laajenidad.