El control jurisdiccional de las normas internas practicado por laCorte IDH y el TEDH adquiere, cada vez más, especial interés en elestudio comparativo de sus relaciones y el diálogo jurisdiccional. Lainterpretación de los actos normativos como hechos estatales sujetosde control internacional pone en perspectiva la interacción desistemas normativos autónomos y de los mecanismos institucionales degarantía en los ordenamientos jurídicos nacionales. El estudiocomparativo de su aplicación en España y Nicaragua evidencia un testde convencionalidad que tiene como parámetro de juicio lacompatibilidad con los tratados constitutivos y la jurisprudenciadesarrollada en ambos sistemas regionales, que discurren en ciertassemejanzas y disimilitudes propias de la evolución e interpretación de los ámbitos competenciales de los tribunales regionales, pero también de una narrativa jurisprudencial que retoma las distintas tradiciones jurídicas de países europeos y americanos y la protección interna delos derechos fundamentales.Byron G. Cárdenas Velásquez. Doctor en Derecho Público por laUniversidad Autónoma de Barcelona. Especialista en DerechoConstitucional y Derecho Internacional de los derechos humanos.Trayectoria profesional en diversas instituciones nacionales einternacionales de derechos humanos, como la Comisión Interamericanade Derechos Humanos y la Oficina del Alto Comisionado para losDerechos Humanos de las Naciones Unidas en diversos países.