Las nuevas formas de movilidad personal VMP han supuesto la rupturadel binomio peatón-acera y vehículo-calzada, mediante su irrupción entoda clase de espacios propios o no para su circulación. Su reciente despliegue en el ámbito de la seguridad vial, con elconsiguiente aumento del peligro para la vida e integridad del restode partícipes en el tráfico rodado, se encuentra carente de unaacompasada regulación a nivel estatal, motivo por el que la presentemonografía pretende ofrecer una serie de claves sobre lasinseguridades que conlleva el uso inadecuado de VMP, como la posiblecomisión de determinados delitos.Del mismo modo, nos encontramos ante una nueva etapa de expansionismodel derecho penal de la seguridad vial, tras la reciente promulgaciónde la Ley Orgánica 2/2019, de 1 de marzo, que obliga a plantearnosmecanismos que, bajo el criterio del peligro para bienes jurídicospersonales, permita deferir al derecho administrativo sancionadorconducciones a velocidad inadecuada, temerarias o bajo la influenciadel alcohol.